El Decreto 31-2024, que introduce la Ley Para la Integración del Sector Productivo Primario y Agropecuario, establece dos nuevos regímenes conocidos como Régimen Primario y Pecuario (RPP). Esta normativa también modifica las reglas fiscales para los contribuyentes del régimen general del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el régimen de Pequeños Contribuyentes (Peques).
Para los contribuyentes del régimen general del IVA cuyos ingresos anuales por ventas o servicios no excedan los 125 salarios mínimos en actividades no agrícolas en el departamento de Guatemala (Q3,723.05 mensuales en 2025, equivalente a Q465,381.25 anuales), existe la opción de trasladarse al régimen de pequeños contribuyentes. Esto representa un aumento significativo respecto al límite previo de Q150,000.00. Sin embargo, el traslado es opcional y no automático. Antes de tomar esta decisión, es fundamental evaluar si en el régimen de los peques se pagará menos impuesto, considerando que el cambio debe realizarse para optimizar la carga fiscal de cada contribuyente.
Por otro lado, los contribuyentes ya inscritos en el régimen de pequeños contribuyentes en 2024, cuyos ingresos no superaron los Q150,000.00, no necesitan realizar ningún trámite, ya que el nuevo límite de Q465,381.25 se aplicará automáticamente. Esto les permitirá alcanzar este nuevo techo de ingresos sin requerir ajustes adicionales para el año 2025.
En cambio, los pequeños contribuyentes cuyos ingresos en 2024 excedieron los Q150,000.00 deben trasladarse al régimen general del IVA en 2025, como establece la ley vigente. Asimismo, deberán elegir un régimen de impuesto sobre la renta (ISR) en el cual inscribirse. Si no realizan este cambio, la autoridad tributaria podría inscribirlos de oficio en el régimen general del IVA y el ISR basado en las utilidades de actividades lucrativas, con una tarifa del 25% sobre las utilidades.
En conclusión, es fundamental analizar cada situación particular para tomar decisiones informadas que eviten pagar impuestos innecesariamente elevados.